Equilibrio económico del Contrato

El artículo 34 de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, durante la ejecución de los contratos públicos, prevé la posibilidad de que puedan suscitarse situaciones que pueden afectar el normal desarrollo de éstos, produciéndose un desequilibrio económico, el cual generalmente constituye afectaciones económicas para las partes, quienes adoptarán en el menor tiempo posible las medidas necesarias para restablecer la igualdad o equivalencia.

Palacios, Vásquez & Asociados/ Nota N°DGCP-DS-DJ-1575-2022 con fecha 22 de noviembre de 2022.

Equilibrio económico contractual.

Presentación de Propuestas Muestras Físicas

DGCP-DF-2023-194

Las entidades convocantes tienen la facultad de determinar el contenido del Pliego de Cargos de acuerdo a sus necesidades, pero que también debe considerar el tiempo que los interesados tienen para cumplir con los requisitos establecidos en el Pliego de Cargos.

Ministerio de Seguridad Pública  /Contratación Menor- procedimiento que se utiliza cuando el servicio u obra que no exceda la suma de  cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Acta de Apertura Presentación de Documentación

DGCP-DF-2023-205

En relación al contenido del Acta de Apertura de propuestas, pueden los servidores públicos presentes en el acto público, solo dejar constancia de la presentación o no de documentación exigida en el pliego de cargos, mas no verificar el cumplimiento o no de requisitos obligatorios.

AEROPUERTO INTERNACIONAL DE TOCUMEN, S.A/Contratación Menor- procedimiento que se utiliza cuando el servicio u obra que no exceda la suma de  cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Entidad Licitante Contenido del Pliego de Cargos

DGCP-DF-2023-077

Es facultad de la Entidad Licitante determinar el contenido del Pliego de Cargos en base a sus necesidades, por ser este el ente gestor del Acto Público y para lo cual posee autonomía al momento de confeccionar el Pliego de Cargos.

Municipio de San Francisco / Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

División de Materia

DGCP-DF-2023-033

Se presume que existe división de materia, cuando la Entidad Licitante, con el fin de que la cuantía no llegue a la precisa para la celebración del Acto Público o el procedimiento que corresponda, o para evadir las competencias, autorizaciones o aprobaciones en las contrataciones, suscriba contratos para un mismo bien, servicio u obra, en un término de tres meses en el mismo período fiscal, con el mismo u otro contratista.

MINISTERIO DE SALUD (HOSPITAL SAN MIGUEL ARCÁNGEL), /Contratación Menor- procedimiento que se utiliza cuando el servicio u obra que no excede la suma de cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Acto de Apertura de Propuesta

DGCP-DF-2023-072

Durante el acto público de apertura de propuestas, los servidores públicos presentes pueden dejar constancia únicamente de la presentación o no de la documentación exigida en el Pliego de Cargos, sin que les corresponda verificar el cumplimiento de los requisitos obligatorios establecidos en el mismo.

Municipio de Chitré /Contratación Menor- procedimiento que se utiliza cuando el servicio u obra que no excede la suma de  cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Entidad Licitante Determinación del Pliego de Cargos

DGCP-DF-2023-062

La Entidad Licitante determinará el contenido del Pliego de Cargos en base a sus necesidades, por ser esta el ente gestor del Acto Público, y para lo cual posee autonomía al momento de confeccionar el Pliego de Cargos.

Caja del Seguro Social- COORD.ADM.CSS -SANTIAGO /Contratación Menor- procedimiento que se utiliza cuando el servicio u obra no excede la suma de  cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Entidad Licitante Principio de Responsabilidad e Inhabilidades de los Servidores Públicos

DGCP-DF-2023-061

La estructuración de los Pliego de cargos, se debe realizar en el contexto del Principio de Responsabilidad e Inhabilidades de los Servidores Públicos, siendo los funcionarios de dicha entidad responsable por la dirección y manejo del Acto Público, para así obtener el mayor beneficio para el Estado y el interés público.

Órgano Judicial / Licitación por Mejor Valor-procedimiento utilizado cuando se trata de un servicio u obra de alta complejidad cuyo monto supera la suma de quinientos mil balboas (B/.500,000.00).

Resolución

Acto Público Finalidad

DGCP-DF-2023-049

La finalidad del Acto de Contratación es la de adquirir un bien que se ajuste a los requerimientos técnicos solicitados por la Entidad Licitante, siendo esto un aspecto esencial al momento en que esta adopte la decisión final que pone fin a la etapa precontractual.

AEROPUERTO INTERNACIONAL DE TOCUMEN, S.A/ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Entidad Licitante Acatar instrucciones de la Dirección General de Contrataciones Públicas

DGCP-DF-2023-044

La Responsabilidad de la Entidad Licitante, es la de velar que el Acto Público se desarrolle bajo los preceptos procedimentales que correspondan, y a su vez, acatar lo instruido para la aplicación de los dictámenes emanados de la Dirección General de Contrataciones Públicas.

AUTORIDAD AERONÁUTICA CIVIL / Licitación por Mejor Valor-procedimiento utilizado cuando se trata de un servicio u obra de alta complejidad cuyo monto supera la suma de quinientos mil balboas (B/.500,000.00).

Resolución