Entidad Licitante Responsabilidad

DGCP-DF-2023-229

Es responsabilidad de la Entidad Licitante que se desarrolle el Acto Público bajo los preceptos procedimentales que correspondan, esta debe hacer valer de forma debida y consecuente el procedimiento de selección de contratistas que corresponda mediante las diligencias de instrucción a los miembros de las respectivas Comisiones, dando así certeza y seguridad procesal sobre el método utilizado en la verificación o evaluación de las Propuestas presentadas por quienes se constituyan en Proponentes en dichos Actos Públicos.

MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA/ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Retiro, modificación o sustitución de una Propuesta

DGCP-DF-2023-255

Debe realizarse antes de la celebración del acto público, entendiendo que este se realiza en la fecha y hora establecida en el plantilla electrónica (aviso de convocatoria del acto público) y no en la fecha en que se genere o publique el acta de apertura.

CAJA DE SEGURO SOCIAL/ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Retiro o Modificación de las Propuestas

DGCP-DF-2023-136

Las propuestas no podrán ser retiradas, sustituidas ni modificadas después de celebrado el acto público. Sin embargo, antes de su celebración, los proponentes podrán retirar las propuestas, sustituirlas o modificarlas, cuando lo consideren necesario.

Benemérito Cuerpo de Bomberos de la República de Panamá./Contratación Menor- procedimiento que se utiliza cuando el servicio u obra que no exceda la suma de  cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Visita al Sitio

DGCP-DF-2023-107

La Dirección General de Contrataciones Públicas reconoce la importancia y trascendencia que tiene para los proponentes (futuros contratistas), asistir a la visita previa al sitio en que se desarrollará la obra objeto del Acto Público, toda vez que esto facilita la elaboración de las propuestas y permite conocer más ampliamente los alcances de la obra; sin embargo, no es obligación de la Entidad Licitante programar dicha visita, al no ser una fase o etapa obligatoria dentro del Proceso de Selección de Contratista.

Autoridad Aeronáutica Civil / Licitación por Mejor Valor-procedimiento utilizado cuando se trata de un servicio u obra de alta complejidad cuyo monto supera la suma de quinientos mil balboas (B/.500,000.00).

Resolución

Presentación de Propuestas

El artículo 55 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, establece taxativamente en su último párrafo que: “A partir del 1 de enero de 2021, todas las propuestas deberán ser presentadas electrónicamente en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas “PanamaCompra”; por lo tanto, las entidades licitantes deberán abstenerse de solicitar documentación por ventanilla el día del acto público.

Caja de Seguro Social, Chiriquí/ Nota N°DGCP-DJ-120-2022 con fecha 12 de julio de 2022.

Presentación de Propuestas.

Aviso de Operaciones Requisitos Obligatorios

DGCP-DF-2023-158

El Aviso de Operaciones no tiene que indicar taxativamente lo que expresa el objeto del Acto Público o las especificaciones técnicas, basta con que las actividades allí descritas estén claramente relacionadas con lo que busca la Entidad.

MINISTERIO DE TRABAJO Y DESARROLLO LABORAL/ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Incapacidad Legal para Contratar Presentación Electrónica

DGCP-DF-2023-174

La modificación del Artículo 8 del Decreto Ejecutivo N° 439 de 2020, relacionado a la Incapacidad Legal para Contratar, los proponentes que formulen una propuesta dentro un Acto Público, deberán declarar que no se encuentran incapacitados para contratar con el Estado, la cual será suscrita a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas “PanamaCompra”.

MINISTERIO DE GOBIERNO/ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Reglas de Desempate

El artículo 53 del Decreto Ejecutivo 439 de 10 de septiembre de 2020, se utiliza para determinar el orden en que se deben verificar las propuestas que se encuentren en empate; sin embargo, esta no incide en el orden de prioridad en el que la Comisión Verificadora debe revisar las propuestas recibidas el día del acto público.

Agencia Panamá Pacífico/ Nota N°DGCP-DS-DJ-1003-2022 con fecha 16 de agosto de 2022/ Acto Público N°2022-2-97-0-15-LP-003516.

Reglas de Desempate.

Pliego de Cargos Objeto de Contratación

Del numeral 36 del artículo 2 del Texto Único de la Ley No. 22 de 27 de junio de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, se colige que será dentro del pliego de cargos o de los términos de referencia del acto público, donde la entidad licitante va a establecer todo lo relacionado al objeto de la contratación que desea llevar a cabo y dependerá de dicho objeto contractual y de las condiciones que de forma unilateral establezca la entidad, la viabilidad de ejecutar el contrato adjudicado fuera del territorio nacional.

Mastercard Panamá S. de R.L./ Nota N°DGCP-DJ-102-2022 con fecha 21 de junio de 2022.

Onjeto de Contratación en el Pliego de Cargos.

Estudio de Mercado Solicitud de Información

DGCP-DF-2023-097

Todas las consultas al mercado se encuentran disponibles en nuestra plataforma “PanamaCompra”, en el espacio de “Accesos Directos” – “Estudio de Mercado” y son identificadas con la nomenclatura SDI (Solicitud de Información) seguido por el nombre de la Entidad Pública que la realizó. 

Ministerio de Seguridad Pública/Contratación Menor- procedimiento que se utiliza cuando el servicio u obra que no exceda la suma de cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución