Dirección General de Contrataciones Públicas Facultades - Acción de Reclamo

DGCP-DF-2022-132

La Dirección General de Contrataciones Públicas en pleno ejercicio de las facultades que le confiere el Artículo 15 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, tiene la potestad de regular, interpretar, fiscalizar y asesorar en los Procedimientos de Selección de Contratista que realicen las instituciones estatales; y en ese sentido, el estudio de la Acción, va más allá del análisis y de la exposición de hechos, y la validación de lo pretendido, a fin de determinar si en efecto, a través de este instrumento jurídico, se busca remediar falencias al Procedimiento de Selección de Contratista en cuanto a la presentación de la Propuesta del Proponente.

Benemérito Cuerpo de Bomberos de la República de Panamá/ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Presentación de Acción de Reclamo

DGCP-DF-2022-034

Puede cualquier proponente presentar una Acción de Reclamo contra actos u omisiones ilegales o arbitrarios en que haya incurrido la Entidad Licitante.

Ministerio de Salud/Contratación Menor- procedimiento que se utiliza cuando el servicio u obra que no exceda la suma de  cincuenta mil balboas (B/.50,000.00). 

Resolución

Observaciones Presentación de Observaciones

DGCP-DF-2022-033

Todo proponente tiene la oportunidad de presentar observaciones ante la Entidad Licitante y esta la facultad de decidir si las acoge o no, siendo este el mecanismo consagrado en la Ley de Contrataciones Públicas para aclarar las discrepancias entre los participantes dentro de un Acto Público y la Entidad Licitante.

Ministerio de Seguridad Pública / Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Acción de Reclamo Medidas Aplicables

DGCP-DF-2021-070

Las Acciones de Reclamo solo pueden ser resueltas tomando las medidas aplicables señaladas en el Artículo 232 del Decreto Ejecutivo N° 439 de 10 de septiembre de 2020, por lo que no puede la Dirección General de Contrataciones Públicas ordenar o indicar a las comisiones, ni a la Entidad Licitante, la adjudicación directa de ninguno de los renglones reclamados.

Ministerio de Salud / Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

 

Resolución

Acción de Reclamo Alcance

DGCP-DF-2021-068

El propósito y alcance de la Acción de Reclamo, es el de atacar acciones u omisiones ilegales o arbitrarias ocurridas dentro del Proceso de Selección de Contratista, no así, pretender que la Dirección General de Contrataciones Públicas determine el cumplimiento o no de requisitos establecidos en el Pliego de Cargos, lo cual corresponde única y exclusivamente a la Comisión Evaluadora, máxime cuando el requisito objetado versa sobre aspectos técnicos inherentes al objeto de la contratación, donde se reviste de mayor importancia la función de los Señores Comisionados designados como los idóneos para emitir juicio al respecto de su cumplimiento o no.

Empresa De Transmisión Eléctrica, S.A. (ETESA)/Licitación por Mejor Valor-procedimiento utilizado cuando se trata de un servicio u obra de alta complejidad cuyo monto supera la suma de quinientos mil balboas (B/500,000.00).

 

Resolución

Acción de Reclamo Contestación

DGCP-DF-2021-066

En las Acciones de Reclamo no aplica el principio de contradictorio entre proponentes, es decir, no se admite contestación de Acciones de Reclamo, dada la naturaleza sumaria de dicho trámite.

 

Metro de Panamá/ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

 

Resolución

 

Acción de Reclamo Alcance

DGCP-DF-2021-041

El propósito y alcance de la Acción de Reclamo es atacar acciones u omisiones ilegales o arbitrarias ocurridas dentro del Proceso de Selección de Contratista, no así, pretender que la Dirección General de Contrataciones Públicas determine el cumplimiento o no de requisitos establecidos en el Pliego de Cargos, lo cual corresponde única y exclusivamente a la Comisión Evaluadora en la fase del procedimiento destinada para ello.

 

Empresa de Transmisión Eléctrica, S.A./Licitación por Mejor Valor-procedimiento utilizado cuando se trata de un servicio u obra de alta complejidad cuyo monto supera la suma de quinientos mil balboas (B/500,000.00).

 

Resolución

Proponentes Participación

DGCP-DF-2020-065

Deben los interesados en participar en el Acto Público, actuar con lealtad y buena fe, utilizando de manera efectiva las fases y mecanismos dispuestos en el Procedimiento de Selección de Contratista, para así evitar dilaciones que puedan presentarse en el desarrollo de los Actos Públicos.

 

Empresa de Transmisión Eléctrica, S.A./ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

 

Resolución

Acción de Reclamo Segundo Informe

DGCP-DF-2021-029

Contra el segundo Informe de Comisión, únicamente puede presentar Acción de Reclamo sin el requisito de Fianza, aquel proponente favorecido con el informe inicial.

Banco Hipotecario Nacional / Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

 

Resolución

Acción de Reclamo Propósito y Alcance

DGCP-DF-2021-023

El propósito y alcance de la Acción de Reclamo es atacar acciones u omisiones ilegales o arbitrarias ocurridas dentro del Procedimiento de Selección de Contratista.

Metro de Panamá, S.A./ Licitación por Mejor Valor-procedimiento utilizado cuando se trata de un servicio u obra de alta complejidad cuyo monto supera la suma de quinientos mil balboas (B/.500,000.00).

 

Resolución