Certificado de Existencia de Proponente Requisito mínimo obligatorio

Del numeral 5 del artículo 15 del Texto Único de la Ley 153 de 2020 y el artículo 18 del Decreto Ejecutivo No.439 de 2020, se desprende la potestad de la Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP) de establecer los lineamientos que sirvan de guía para el óptimo desarrollo de los procedimientos de selección de contratistas. En tal sentido, siendo el Certificado de Existencia del Proponente un requisito mínimo obligatorio que deberá adjuntarse a la propuesta en la etapa preliminar, el mismo deberá ser presentado en la forma establecida por la Dirección General de Contrataciones Públicas, es decir, en el caso de personas jurídicas, el Certificado de Registro Público deberá estar acompañado por copia cotejada, copia simple o copia digital de la cédula de identidad personal o pasaporte del representante legal.

Órgano Judicial/ Nota No. DGCP-DS-DJ-094-2025 de fecha 28 de enero de 2025

Certificado de Existencia del Proponente

 

Pliego de Cargos Muestras físicas

La Dirección General de Contrataciones Publicas, considera que las muestras físicas aportadas por los proponentes en los distintos procesos de selección de contratistas en los que participen, sin importar el rango de estas contrataciones, indudablemente forman parte de los elementos que conforman integralmente tales propuestas que, corresponde a la entidad licitante dirimir su cumplimiento o no a través del patrón de reglas procedimentales que rigen a la contratación pública.
Egbers Company, S.A./ Nota No.DGCP-DS-DJ-1618-2024 de fecha 24 de octubre de 2024.

Muestras Físicas

Conformación de los Pliegos de Cargos

De los artículos 4 y 35 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, así como también el artículo 57 del Decreto Ejecutivo 439 de 2020, debidamente modificado por el Decreto Ejecutivo 34 de 2022, podemos establecer la obligación que tienen las entidades licitantes de plasmar de forma clara en los pliegos de cargos, la información exacta de los requerimientos y necesidades para los que convocan los distintos procedimientos de selección de contratista, así como la imposibilidad de alterar, modificar o cambiar aquellos documentos y/o especificaciones que componen los pliegos de cargos, una vez efectuado el acto público. En caso de requerir algún cambio o modificación al contrato, dicho cambio deberá ser formalizado mediante la adenda correspondiente.

Grupo Trugar, S.A./ Nota No. DGCP-DS-DJ-1072-2024 de fecha 19 de agosto de 2024/ Acto Público No. 2022-2-81-01-08-LP-004045.

Pliego de Cargos

Subsanación de Documentos

DGCP-DF-2024-037

Solo se podrán subsanar documentos presentados con la propuesta, entendiendo por subsanación la corrección de estos, siempre que no se trate de documentos ponderables.

BANCO NACIONAL DE PANAMÁ/ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Miembros del consorcio o de la asociación accidenta Representante

DGCP-DF-2024-035

Los miembros del consorcio o de la asociación accidental deberán designar a la persona que, para todos los efectos, los representará, y señalar las condiciones básicas que regirán sus relaciones. Se entenderá por condiciones básicas y mínimas que debe tener el documento de constitución del consorcio o asociación accidental las tendientes a establecer claramente la parte o las partes que asumirán las responsabilidades fiscales, civiles, laborales o de cualquier otra naturaleza que surjan como consecuencia de la celebración de una contratación pública, que deberán tener las partes que integren el consorcio entre sí, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria frente al Estado.

ÓRGANO JUDICIAL/ Licitación por Mejor Valor-procedimiento utilizado cuando se trata de un servicio u obra de alta complejidad cuyo monto supera la suma de quinientos mil balboas (B/.500,000.00).

Resolución

Acción de Reclamo

DGCP-DF-2024-020

La forma procesal idónea, para el cuestionamiento de las reglas convocadas en el Pliego de Cargos como instrumento reparador, lo es la Acción de Reclamo ejercida antes de la Presentación y Apertura de Propuestas bajo los requerimientos de antelación, dispuestos en el Artículo 153 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020 o bien, recurriendo ante la Dirección General de Contrataciones Públicas en tiempo oportuno para la revisión oficiosa de las objeciones que se señalen y que conlleven a que sean ordenadas medidas correctivas.

CAJA DE SEGURO SOCIAL- HOSPITAL DOCTOR RAFAEL HERNANDEZ L. /Contratación Menor- procedimiento que se utiliza cuando el servicio u obra que no exceda la suma de  cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Pliego de Cargos

DGCP-DF-2024-008

El Pliego de Cargos, si bien debe cumplir en colocar las reglas objetivas, justas, claras y completas, no pueden basar sus criterios directamente a la medida de los proponentes, si no en la necesidad que requiere la Entidad.

CAJA DE SEGURO SOCIAL / Licitación por Mejor Valor-procedimiento utilizado cuando se trata de un servicio u obra de alta complejidad cuyo monto supera la suma de quinientos mil balboas (B/.500,000.00).

Resolución

Requisitos Obligatorios

DGCP-DF-2023-312

Todas las exigencias que se encuentran plasmadas dentro de la Sección de “Condiciones Especiales” y “Otros Requisitos” del Pliego de Cargos electrónico, deben ser consideradas como requisitos obligatorios para todos los proponentes, cuyo incumplimiento acarrea su descalificación y que no puedan pasar a la fase de ponderación

AUTORIDAD AERONÁUTICA CIVIL/ Licitación por Mejor Valor-procedimiento utilizado cuando se trata de un servicio u obra de alta complejidad cuyo monto supera la suma de quinientos mil balboas (B/.500,000.00).

Resolución

Inscripción de Consorcios o Asociaciones Accidentales

DGCP-DF-2023-307

La obligación de inscribir los consorcios o asociaciones accidentales en el registro de proponentes forma parte integral del Pliego de Cargos y constituye un requisito de participación de los mismos dentro de los Actos Públicos.

Ministerio de Ambiente/ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución