Recientes

Pliego de Cargos Visita de campo

DGCP-DF-023-2025

La visita de campo no tiene carácter obligatorio. La etapa del Acto Público que resulta propicia para objetar las reglas de participación y los elementos que deben incorporarse en las propuestas, es la fase previa al acto de apertura, en la cual se puede cuestionar el contenido del Pliego de Cargos . En este sentido, es responsabilidad de cada proponente, en la etapa previa a la apertura de propuestas, advertir situaciones que pudieran limitar o restringir la justa y libre participación de proponentes.

Ministerio de Educación./Contratación Menor– procedimiento que se utiliza cuando el servicio u obra que no exceda la suma de  cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Acciones de Reclamo Facultad de la Dirección de Contrataciones Publicas

DGCP-DF-024-2025

Dentro de las facultades que le asisten a la Dirección General de Contrataciones Públicas, al momento de decidir las acciones de reclamo, no se contempla la posibilidad de cancelar actos públicos, así como tampoco la facultad de declarar “nulidades”, sean absolutas o relativas, en cuanto a las actuaciones de las entidades licitantes.

Ministerio de Educación./Contratación Menor– procedimiento que se utiliza cuando el servicio u obra que no exceda la suma de  cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Comisionados Idoneidad en el objeto de la contratación

DGCP-DF-026-2025

Se presume, salvo prueba en contrario, que la Comisión es un ente colegiado compuesto por profesionales que poseen idoneidad en el objeto de la contratación.

Ministerio Público / Licitación por Mejor Valor-procedimiento utilizado cuando se trata de un servicio u obra de alta complejidad cuyo monto supera la suma de quinientos mil balboas (B/.500,000.00).

Resolución

Licitación por Mejor Valor Ponderación de la Comisión Evaluadora

DGCP-DF-028-2025

Dentro de una Licitación por Mejor Valor, la Comisión pondera aspectos técnicos, económicos, administrativos y financieros de las propuestas. En este sentido, la adjudicación recae sobre el proponente que obtenga el mayor puntaje en la metodología de ponderación determinada en el Pliego de Cargos, siempre que este cumpla con los requisitos mínimos obligatorios.

Ministerio Público / Licitación por Mejor Valor-procedimiento utilizado cuando se trata de un servicio u obra de alta complejidad cuyo monto supera la suma de quinientos mil balboas (B/.500,000.00).

Resolución

Comisión evaluadora Informe de comisión

DGCP-DF-029-2025

Al confeccionar su informe, la Comisión Evaluadora debe ceñirse, en primera instancia, a verificar el cumplimiento de los requisitos obligatorios del Pliego de Cargos y una vez culminada la verificación de estos, procederá a la etapa de ponderación por medio de la cual se evalúan las propuestas, según la metodología establecida en el Pliego de Cargos.

 

Ministerio Público/ Licitación por Mejor Valor-procedimiento utilizado cuando se trata de un servicio u obra de alta complejidad cuyo monto supera la suma de quinientos mil balboas (B/.500,000.00)

Resolución

Entidad licitante Acción de reclamo

DGCP-DF-031-2025

Frente a la presentación de una Acción de Reclamo contra un informe de Comisión Verificadora o Evaluadora o acta de verificación de requisitos y especificaciones técnicas, la Entidad no debe ejercer ninguna actuación hasta tanto esta Dirección decida lo pertinente en cuanto a su admisibilidad.

 

Autoridad de los Servicios Públicos (ASEP)/Contratación Menor– procedimiento que se utiliza cuando el servicio u obra que no exceda la suma de  cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Verificación y Evaluación de Propuestas Comisión verificadora o evaluadora

DGCP-DF-027-2025

La verificación o evaluación que realiza la Comisión se basa en la documentación originalmente aportada por los proponentes, la cual debe ajustarse a las exigencias obligatorias y ponderables dispuestas en el Pliego de Cargos. Lo anterior exige a los proponentes presentar la información dentro de su propuesta, de forma cónsona con las solicitudes del Pliego de Cargos, evitando falta de claridad en la información presentada.

 

Ministerio Público / Licitación por Mejor Valor-procedimiento utilizado cuando se trata de un servicio u obra de alta complejidad cuyo monto supera la suma de quinientos mil balboas (B/.500,000.00)

Resolución

 

 

Liquidación de los Contratos

El artículo 97 del Texto Único de la Ley 22 de 27 de junio de 2006, que regula la contratación pública, ordenado por la Ley 48 de 2011, indica que mientras no se dé la liquidación de un contrato, mecanismo a través del cual las partes determinan las sumas adeudadas entre sí, como consecuencia de la ejecución del objeto contractual, el contrato se entenderá vigente.

Acerta Compañía De Seguros, S.A./Nota No.DGCP-DS-DJ-1989-2025 de fecha 16 de octubre de 2025

Liquidación de los Contratos

Procedimiento excepcional de contratación

El artículo 79 del Texto único de la Ley 22 de 27 de junio de 2006, que regula la contratación pública, ordenado por la Ley 153 de 2020, establece que, es una potestad de las entidades bajo el ámbito de aplicación de la Ley 22 de 2006, llevar a cabo el procedimiento excepcional de contratación, siempre que el mismo se encuentre fundamentado o enmarcado en algunas de las causales enumeradas en el artículo 79, y cumpliendo con el debido proceso, sustentando mediante un Informe Técnico Fundado la contratación, a fin de contar con la evaluación y aprobación de la autoridad competente, según corresponda, tal como lo indican los artículos 80, 81, 82 y 83 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020 y los artículos 148 al 152 del Decreto Ejecutivo 439 del 10 de septiembre de 2020, modificado por el Decreto Ejecutivo 34 de 24 de agosto de 2022.

Instituto de Meteorología e Hidrología de Panamá/Nota No.DGCP-DS-DJ-1986-2025 de fecha 16 de octubre de 2025

Procedimiento excepcional de contratación

Licitación Pública Comisión verificadora y observaciones al informe

Del numeral 12 del artículo 58 del Texto Único de la Ley 22 de 27 de junio de 2006, que regula la contratación pública, ordenado por la Ley 153 de 2020, se desprende que aquellos participantes del acto público por Licitación Pública, una vez publicado el Informe de la Comisión Verificadora, contarán con el término de tres días hábiles para realizar sus observaciones al mismo, como requisito previo para la presentación de una acción de reclamo ante la Dirección General de Contrataciones Públicas.

Belkis López/ Nota No. DGCP-DS-DJ-2333-2025 de fecha 24 de noviembre de 2025

Licitación Pública