Recientes

Principios en la Contratación Pública Principio de Igualdad de Proponentes

DGCP-DF-2021-022

Con fundamento en el Principio de Igualdad de Proponentes, a las Entidades Públicas les está vedado fijar en los Pliegos de Cargos, cláusulas determinantes de circunstancias subjetivas ni señalar marcas comerciales, números de catálogos o clases de equipos de un determinado fabricante.

 

Caja de Seguro Social / Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

 

Resolución

Entidad Licitante Facultades

DGCP-DF-2021-021

La Entidad Licitante tiene la facultad para determinar el contenido del Pliego de Cargos en base a sus necesidades por ser el ente gestor del Acto Público, al poseer autonomía para ello, sin que deba entenderse que esta es absoluta, ya que presenta limitantes y está condicionada al cumplimiento de las formalidades y exigencias que establece la Ley de Contrataciones Públicas.

Instituto Nacional de Formación Profesional y Capacitación para el Desarrollo Humano / Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

 

Resolución

Entidad Licitante Facultades

DGCP-DF-2022-001

Es facultad de la Entidad Licitante determinar el contenido del Pliego de Cargos en base a sus necesidades, por ser esta el ente gestor del Acto Público y para lo cual posee autonomía al momento de confeccionar el Pliego de Cargos; no obstante, esta autonomía no es absoluta, sino que posee limitantes y está condicionada al cumplimiento de las formalidades y exigencias que establece la Ley de Contrataciones Públicas.

 

Ministerio de Seguridad Pública / Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

 

Resolución

Entidad Licitante Facultades

DGCP-DF-2021-020

Si bien es facultad de la Entidad Licitante adjudicar el Acto Público, así como adoptar cualquier otra actuación que sea conforme a la Ley de Contrataciones Públicas, las funciones fiscalizadoras que le asisten a la Dirección General de Contrataciones Públicas, le permiten instarle a que cumpla con las fases del Procedimiento de Selección de Contratista, independientemente de la resolución de decisión que emita. Lo anterior, no implica emitir una instrucción o directriz en cuanto a la decisión que adopte la Entidad Licitante, tomando en consideración que es de su exclusiva responsabilidad, la dirección y el manejo del Proceso de Selección de Contratista.

 

Municipio de Comarca de Guna Yala / Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

 

Resolución

Pliego de Cargos Modificaciones

DGCP-DF-2021-019

Las modificaciones al Pliego de Cargos se surten a través de adendas formales, siendo estas las que prevalecen frente al Pliego de Cargos Consolidado, toda vez que este último nace de aquellas. 

 

Ministerio de Gobierno/ Licitación por Mejor Valor-procedimiento utilizado cuando se trata de un servicio u obra de alta complejidad cuyo monto supera la suma de quinientos mil balboas (B/.500,000.00).

 

Resolución

Pliego de Cargos Especificaciones Técnicas

DGCP-DF-2021-018

Las especificaciones técnicas constituyen las características técnicas del objeto que se va a contratar, las cuales no pueden hacer referencia, en su caso, a marcas de fábrica, números de catálogos o clases de equipos de un determinado fabricante.

 

Ministerio de Gobierno / Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

 

Resolución

Entidad Licitante Facultades

DGCP-DF-2021-017

Es facultad de la Entidad Licitante elaborar el Pliego de Cargos, el cual debe contener reglas objetivas, justas, claras y completas que permitan la confección de ofrecimientos de la misma índole, a fin de asegurar una escogencia objetiva del contratista, conjuntamente con las condiciones y la calidad de los bienes, las obras o los servicios necesarios para la ejecución del objeto del contrato, así como también los requisitos de obligatorio cumplimiento por parte de los proponentes y las circunstancias de tiempo, modo y lugar que se consideren necesarias para garantizar reglas objetivas, claras y completas.

 

Órgano Judicial / Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

 

Resolución

Entidad Licitante Aclaraciones

DGCP-DF-2021-016

Es facultad de la Entidad Licitante solicitar aclaraciones luego de presentada la propuesta y, además, solicitar que se acompañe documentación aclaratoria, siempre que esta no tenga por objetivo distorsionar el precio u objeto ofertado ni tampoco modificar la propuesta original.

 

Ministerio de Salud/ Contratación Menor- procedimiento que se utiliza cuando el servicio u obra que no exceda la suma de  cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

 

Resolución

Carta de Referencia Bancaria Presentación

DGCP-DF-2021-015

Tratándose de la aportación de cartas de referencia indicativas de un número de cifras de una cuenta de depósito, estas sólo pueden ser aportadas por entidades bancarias autorizadas por la Superintendencia de Bancos de la República de Panamá para realizar actividades de banca de acuerdo con la legislación vigente que rige la materia.

Municipio de Santa Fe / Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

 

Resolución

Entidad Licitante Reglas de Desempate

DGCP-DF-2020-062

No corresponde a los comisionados aplicar las reglas de desempate, sino a la Entidad Licitante antes que la comisión realice la correspondiente verificación de requisitos obligatorios.

Ministerio de Salud / Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

 

Resolución