Dirección General de Contrataciones Públicas Facultades

DGCP-DF-2023-021

La Dirección General de Contrataciones Públicas es el ente rector y fiscalizador de los procedimientos de contratación pública, con facultades destinadas a la adecuada implementación y aplicación de los preceptos legales contenidos en el Texto Único de la Ley No. 22 de 27 de junio de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020.

Municipio Omar Torrijos Herrera/ Licitación por Mejor Valor-procedimiento utilizado cuando se trata de un servicio u obra de alta complejidad cuyo monto supera la suma de quinientos mil balboas (B/.500,000.00).

Resolución

Condiciones Especiales Carta de Compromiso Verde

DGCP-DF-2023-020

En lo que respecta a la Carta de Compromiso Verde, esta Dirección es del criterio que corresponde al consorcio, en su condición legal de proponente, emitir el referido documento ya que este recoge el compromiso del futuro contratista, de desempeñar y ejecutar a cabalidad la obra, cumpliendo con las leyes, decretos y normas de la República de Panamá, así como los acuerdos o convenios de cooperación, asistencia o ayuda internacional de los cuales el Estado sea parte en materia de protección al medio ambiente en general, cultura ambiental, recursos hídricos, áreas protegidas y biodiversidad, cambio climático, protección forestal, mecanismos sustentables de agua, energía, la no contaminación ambiental y la protección de costas y mares.

La Ley de Contrataciones Públicas reconoce la calidad de proponentes, a las personas naturales y jurídicas, así como a los consorcios o asociaciones accidentales, aun cuando carecen de personalidad jurídica. Si bien se trata de requisitos comunes, resulta preciso puntualizar que se trata de exigencias relativas al proponente en sí y su desempeño futuro durante la contratación.

Municipio Omar Torrijos Herrera / Licitación por Mejor Valor-procedimiento utilizado cuando se trata de un servicio u obra de alta complejidad cuyo monto supera la suma de quinientos mil balboas (B/.500,000.00).

Resolución

Pliego de Cargos Discrepancias

DGCP-DF-2023-019

La selección y verificación objetiva del Acto Público que nos ocupa debe realizarse de acuerdo al Pliego de Cargos Electrónico, siendo que el Artículo 60 del Decreto Ejecutivo N° 439 de 10 de septiembre de 2020, relativo a las Discrepancias, determina que cuando existan discrepancias entre las estipulaciones elaboradas por la entidad en la plantilla electrónica y las elaboradas en documentos adjuntos, prevalecerán las elaboradas en la plantilla electrónica del pliego de cargos. Los servidores públicos involucrados en el proceso de contratación deberán tomar las medidas pertinentes a fin de corregir estas discrepancias, antes de la presentación de las propuestas.

Autoridad Nacional de Ambiente/ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Informe de Comisión Funcionalidades del Sistema

DGCP-DF-2023-017

Se exhortar a la Entidad Licitante a que, al momento de generar el Informe de Verificación electrónico que emite el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas “PanamaCompra”, se asegure que este refleje los resultados plasmados en el Informe firmado por los Comisionados, utilizando las funcionalidades de dicho Sistema, según lo mandata el Artículo 172 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020.

Instituto Técnico Superior Especializado/ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Principio de Eficacia

DGCP-DF-2023-016

Los sujetos del procedimiento de selección de contratista, así como los que intervienen en la relación contractual, harán prevalecer el cumplimiento de la finalidad del acto de contratación sobre aquellos formalismos cuya realización no incidan en su validez.

EMPRESA DE TRANSMISIÓN ELÉCTRICA, S.A. ( ETESA )./ Licitación por Mejor Valor-procedimiento utilizado cuando se trata de un servicio u obra de alta complejidad cuyo monto supera la suma de quinientos mil balboas (B/.500,000.00).

Resolución

Licitación Por Mejor Valor Actos Públicos de Alto Nivel de Complejidad

DGCP-DF-2023-015

El Decreto Ejecutivo N° 34 de 2022, que modifica el Artículo 127 del Decreto Ejecutivo N° 439 de 10 de septiembre de 2020, establece que cuando los bienes, servicios u obras que van a ser contratados, tengan un alto nivel de complejidad, según lo establecido en el artículo 97 del presente reglamento, la comisión verificadora o evaluadora deberá estar conformada por un mínimo de cinco (5) comisionados.

Ministerio de Obras Públicas/ Licitación por Mejor Valor-procedimiento utilizado cuando se trata de un servicio u obra de alta complejidad cuyo monto supera la suma de quinientos mil balboas (B/.500,000.00).

Resolución

Informe de Comisión Firma de los Comisionados

DGCP-DF-2023-014

En opinión de esta Dirección, la no participación de una de las Comisionadas designadas para la elaboración y firma del Informe, constituye un hecho que se aleja del procedimiento que establece la Ley de Contrataciones Públicas, para su emisión, al no existir una manifestación expresa de consentimiento por parte de la Comisionada en cuanto a la decisión adoptada por la mayoría, ya sea consintiendo la misma o manifestando su desacuerdo. 

Ministerio de Obras Públicas/ Licitación por Mejor Valor-procedimiento utilizado cuando se trata de un servicio u obra de alta complejidad cuyo monto supera la suma de quinientos mil balboas (B/.500,000.00).

Resolución

Principio de Publicidad Publicación de Actuaciones

DGCP-DF-2023-013

Es deber de la Entidad Licitante publicar todas las actuaciones que surjan dentro del Acto Público, para preservar la legalidad e integridad del debido proceso licitatorio, dando cumplimiento así al Principio de Publicidad y Transparencia.

EMPRESA DE TRANSMISIÓN ELÉCTRICA, S.A. (ETESA). / Licitación por Mejor Valor-procedimiento utilizado cuando se trata de un servicio u obra de alta complejidad cuyo monto supera la suma de quinientos mil balboas (B/.500,000.00).

Resolución

Entidad Licitante Órdenes de la Dirección General de Contrataciones Públicas

DGCP-DF-2023-012

En el contexto de responsabilidad de la Entidad Licitante, en que se desarrolle el Acto Público bajo los preceptos procedimentales que correspondan, esta debe acatar lo instruido y aplicar los dictámenes emanados de la Dirección General de Contrataciones Públicas; no sólo en el caso particular que nos ocupa, si no en todos los Actos Públicos convocados, haciendo valer de forma debida y consecuente el procedimiento de selección de contratista que corresponda mediante las diligencias de instrucción a los miembros de las respectivas Comisiones, dando así certeza y seguridad procesal sobre el método utilizado en la verificación o evaluación de las Propuestas presentadas por quienes se constituyan en Proponentes en dichos Actos Públicos.

Autoridad Aeronáutica Civil/ Licitación por Mejor Valor-procedimiento utilizado cuando se trata de un servicio u obra de alta complejidad cuyo monto supera la suma de quinientos mil balboas (B/.500,000.00).

Resolución

Pliego de Cargos Confección de Pliego de Cargos

DGCP-DF-2023-011

La Entidad Licitante al momento de confeccionar los Pliegos de Cargos debe procurar agregar requisitos que vayan acorde con el objeto del Acto Público a fin de evitar yerros que limiten la participación de proponentes y puedan poner en riesgo la finalidad de los procesos licitatorios.

Caja de Ahorro/Contratación Menor- procedimiento que se utiliza cuando el servicio u obra no exceda la suma de  cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución