Fianza de Pago Anticipado Actividades Específicas

El artículo 124 del Texto Único de la Ley No. 22 de 27 de junio de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, no define de manera taxativa para cuales tipos de actos de selección de contratista debe ser utilizada la fianza de pago anticipado. No obstante lo anterior, la entidad licitante tiene la facultad de establecer debidamente motivado dentro del pliego de cargos que elabore para cualquiera de los procedimientos de selección de contratista a los cuales se acoja, el detalle de las actividades específicas como se dará el uso del pago anticipado por parte del contratista elegido.

Ministerio Público/ Nota N°DGCP-DS-DJ-227-2021 de fecha 18 de marzo de 2021.

Fianza de Pago Anticipado. en Actividades Específicas.

Fianza de Pago Anticipado Vigencia

El artículo 124 del Texto Único de la Ley No. 22 de 27 de junio de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, establece que la fianza de pago anticipado tendrá una vigencia igual al periodo principal, entendiendo con ello que su vigencia sería similar a la vigencia del contrato principal de ejecución de la obra y con una extensión adicional de treinta días calendario al vencimiento de dicha fianza. Por otra parte, el porcentaje de la fianza de pago anticipado no podría ser inferior al 100 por ciento de la suma pagada en concepto de adelanto al contratista.

Ministerio Público/ Nota N°DGCP-DS-DJ-227-2021 de fecha 18 de marzo de 2021.

Vigencia de la Fianza de Pago Anticipado.

Acuerdo Suplementario Ejecución y Extinción de las Fianzas

Del artículo 129 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, que regula la Contratación Pública, ordenado por la Ley 153 de 2020, se colige que en el evento de que la fiadora decida subrogarse, la entidad licitante y la fiadora deben suscribir un acuerdo suplementario de ejecución de fianza de cumplimiento, en el cual la fiadora debe designar a un tercero ejecutor, que debe ser aprobado por la entidad licitante. Este acuerdo suplementario de ejecución de fianza de cumplimiento debe contar con el refrendo de la Contraloría General de la República.

Municipio de San Miguelito/ Nota N°DGCP-DJ-193-2023 de fecha 19 de julio de 2023/ Acto Público N°2018-5-78-0-08-LV-003320.

Acuerdo Suplementario.

Fianza de Propuesta

El numeral 23 del artículo 2 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 48 de 2011, explica que la fianza de propuesta es un requisito solicitado por las entidades licitantes durante el acto de selección de contratista, a fin de garantizar que se mantenga la oferta y se formalice el contrato por parte de los proponentes.

Consorcio CM Guararé/ Nota N°DGCP-DJ-194-2023 de fecha 19 de julio de 2023/ Acto Público N° 2017-0-12-0-07-LV-023183

Fianza de Propuesta 

Fianza de Propuesta

Los numerales 22, 24 y 25 del artículo 2 del Texto Único de la Ley No. 22 de 27 de junio de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, desarrollan las fianzas que normalmente se establecen dentro de los procedimientos de selección de contratista; resulta importante indicar que para el caso de las Fianzas de Propuestas, estas son requeridas dentro de un proceso de selección de contratista cuando su precio de referencia supere los quinientos mil balboas (B/.500 000.00), la cual debe presentar todo proponente junto con su propuesta para garantizar el mantenimiento de su oferta y la posterior firma del contrato. Adicionalmente, tal y como lo establece el artículo 120 del Texto Único de la Ley No. 22 de 27 de junio de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, pueden constituirse ya sea en efectivo, en títulos de crédito del Estado, en fianzas emitidas por compañías de seguros, o mediante garantías bancarias o en cheque certificado o de gerencia.

Mastercard Panamá S. de R.L./ Nota N°DGCP-DJ-102-2022 con fecha 21 de junio de 2022.

Fianza de Propuesta.

Acción de Reclamo Excepción de Presentación de Fianza de Acción de Reclamo

El artículo 153 del Texto Único de la Ley No. 22 de 27 de junio de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, solo establece una excepción para la no presentación de la fianza de Acción de Reclamo, la cual está dirigida para aquel proponente que resultara beneficiado con el primer informe.

Ambientes Naturales, S.A./ Nota N°DGCP-DJ-109-2022 con fecha 30 de junio de 2022/ Acto público N°2021-0-16-0-08-LP-018205.

Excepción de Presentación de Fianza de Acción de Reclamo.

 

Fianzas y otras Garantías en las Contrataciones Márgenes Porcentuales

La Contraloría General de la República, a través del Decreto Núm.33-LEG de 8 de septiembre de 2020, estableció los márgenes porcentuales que cada una de las garantías mencionadas deben tener, los cuales deben ser incorporados en los pliegos de cargos que realice la entidad contratante para la adquisición de bienes o servicios a través de los distintos procedimientos de selección de contratista.

Mastercard Panamá S. de R.L./ Nota N°DGCP-DJ-102-2022 con fecha 21 de junio de 2022.

Márgenes Porcentuales en Fianzas y otras Garantías en la Contratación.

No se Exigirá Fianza de Cumplimiento Procedimiento Especial de Contratación como un contrato interinstitucional

No se exigirá fianza cumplimiento en las relaciones contractuales celebradas entre entidades estatales, municipios, juntas comunales e intermediarios financieros y sociedades anónimas en que el Estado sea propietario del cincuenta y un por ciento (51%) o más de sus acciones o patrimonio, tal como lo establece el Decreto Núm.33-Leg de 8 de septiembre de 2020, emitido por la Contraloría General de la República, por el cual se reglamentan las fianzas que se emiten para garantizar las obligaciones contractuales del estado.

Ministerio de Desarrollo Social/ Nota DGCP-DS-DJ-716-2023 de fecha 8 de mayo de 2023.

Fianza de Cumplimiento

 

Contraloría General de la República Competencia

Es la Contraloría General de la República el ente competente para absolver las consultas sobre cualquier aspecto de la constitución, presentación, ejecución y extinción de las garantías que se constituyan para asegurar el cumplimiento de las obligaciones contraídas con las entidades públicas, así como también para fiscalizar, regular y controlar los movimientos de los fondos y bienes públicos, así como examinar, intervenir, fenecer y juzgar las cuentas relativas a los mismos.

Ministerio de Desarrollo Social/ Nota N°DGCP-DS-DJ-716-2023 de fecha 8 de mayo de 2023.

Competencia de la Contraloría 

Fianza de Propuesta Presentación y Validación

La Dirección General de Contrataciones Públicas es del criterio que la fianza de propuesta debe ser presentada de forma electrónica, ya que la misma es parte integral de la propuesta y la garantiza. Respecto al método de validación, la Ley No. 22 de 2006 no establece un método específico, por lo que, de no contar la fianza con un método de validación electrónico, bastará con que la entidad licitante valide la misma por escrito con el ente que la emite.

Instituto de Acueductos y Alcantarillados Nacionales/ Nota N°DGCP-DJ-014-2021 con fecha 8 de febrero de 2021.

Fianza de Propuesta