Presentación de la Propuesta Idioma Español

DGCP-DF-2023-168

El Artículo 77 del Decreto Ejecutivo 439 de 2020 exige que la propuesta sea presentada en idioma español o que sea traducida a este idioma y establece una excepción al establecer que “cuando el pliego de cargos solicite que se aporten catálogos o folletos explicativos para la verificación de las especificaciones técnicas, y se encuentren en un idioma distinto al español, bastará traducir las páginas directamente relacionadas con el producto ofertado”.

MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA/ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Pliego de Cargos Concepto

DGCP-DF-2023-167

El Pliego de Cargos es el conjunto de requisitos exigidos unilateralmente por la entidad licitante en los procedimientos de selección de contratista para el suministro de bienes, la prestación de servicios o la ejecución de obras públicas, incluyendo los términos y las condiciones del contrato que va a celebrarse, los derechos y las obligaciones del contratista y el procedimiento que se va a seguir en la formalización y ejecución del contrato.

MINISTERIO DE SALUD/ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Firma Electrónica

DGCP-DF-2023-166

En los procedimientos de selección de contratista, en el procedimiento excepcional y en el procedimiento especial de contratación, así como en la etapa contractual, los proponentes o contratistas podrán presentar la documentación requerida, haciendo uso de la firma electrónica calificada, siempre que la misma sea emitida por el Registro Público de Panamá o por un prestador de servicios de certificación de firmas electrónicas. La documentación así presentada producirá los mismos efectos que tienen los documentos originales, y no necesitará autenticación ante notario.

MUNICIPIO DE PANAMÁ/ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Firmas Electrónicas Calificadas

DGCP-DF-2023-165

Toda documentación que deba ser presentada por los particulares dentro de los procesos de selección y contratación pública, establecidos en la Ley de Contrataciones Públicas, podrá ser presentada utilizando medios electrónicos respaldados por firmas electrónicas calificadas.

MUNICIPIO DE PANAMÁ/ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Firma Electrónica

DGCP-DF-2023-164

En todos los procesos de contratación regulados por la Ley de Contrataciones Públicas, el Estado podrá hacer uso de firmas electrónicas calificadas en su ámbito interno y en su relación con los particulares. De igual manera, los particulares que realicen contrataciones con el Estado podrán hacerlo utilizando firmas electrónicas calificadas emitidas por un prestador de servicios de certificación de firmas electrónicas o por el Registro Público de Panamá como prestador de servicios de certificación.

MUNICIPIO DE PANAMÁ/ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Desglose de Precio Corrección de Formulario de Desglose de Precios

DGCP-DF-2023-163

El Articulo 84 del Decreto Ejecutivo 439 de 2020 permite corregir el formulario de desglose de precios, en caso que existan errores aritméticos, siempre que no se distorsione el precio total ofertado por renglón, si la adjudicación es por renglón, o el precio global, cuando la adjudicación sea global. Cuando el precio total u objeto se distorsione, la propuesta no podrá ser considerada para efecto de la adjudicación.

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA/ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Declaración Jurada de Incapacidad Legal para Contratar

DGCP-DF-2023-162

El Artículo 1 del Decreto Ejecutivo 34 de 2022 que modifica el Artículo 8 del Decreto Ejecutivo 439 de 2020, dispone que la declaración jurada de incapacidad legal para contratar se presenta a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas “PanamaCompra”, el cual incluye un modelo de declaración según lo establece la Ley de Contrataciones Públicas.

AUTORIDAD MARITIMA / Licitación por Mejor Valor-procedimiento utilizado cuando se trata de un servicio u obra de alta complejidad cuyo monto supera la suma de quinientos mil balboas (B/.500,000.00).

Resolución

Pliego de Cargos Publicación de documentos por parte de la Entidad Licitante

DGCP-DF-2023-176

Debe la Entidad Licitante publicar todos los anexos y documentos que faciliten a los interesados, preparar sus propuestas y conocer a cabalidad el objeto de la contratación y sus alcances, tales como planos, diseños, fotos de referencia. 

MINISTERIO DE SALUD/ Licitación por Mejor Valor-procedimiento utilizado cuando se trata de un servicio u obra de alta complejidad cuyo monto supera la suma de quinientos mil balboas (B/.500,000.00).

Resolución

Acto de Reunión Previa y Homologación Principio de Transparencia y Debido Proceso

DGCP-DF-2023-177

Acto de Homologación” donde convergen frente a la Entidad Licitante quienes aspiran a participar en los procedimientos de selección de contratista, cuyo monto sea superior a los ciento setenta y cinco mil balboas (B/.175,000.00). Dicho esto, la Entidad Licitante no sólo se constituye en auspiciador de este evento, si no en el garante de absolver las consultas y observaciones de sus participantes, aplicando los Principios de Transparencia y Debido Proceso, ante los diversos matices que puedan incidir en la concurrencia justa y amplia de ofrecimientos que cumplan con las expectativas contractuales convocadas.

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS/ Licitación Pública – procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Pliego de Cargos Finalidad

DGCP-DF-2023-178

Los Pliegos de Cargos deben constituirse en el medio eficaz que permita a los Proponentes estructurar sus ofertas, de forma clara y expedita, y que los requisitos exigidos por la Entidad Licitante tengan como finalidad llenar las diferentes expectativas contractuales futuras o enmarquen las falencias en la designación de las obligaciones o responsabilidades inherentes a la participación de todo tipo de Proponente como persona natural o jurídica, o bien concurriendo usando la figura de Consorcio o Asociación Accidental.

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS/ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución