Acta de Apertura de Propuestas

DGCP-DF-2024-040

La Entidad Licitante no debe emitir criterios de evaluación dentro del Acta de Apertura de Propuestas, que puedan confundir la actuación de los proponentes o de los Comisionados, dado que es potestad privativa de la comisión evaluadora o verificadora, el estudio de las propuestas y determinar el cumplimiento de estas o no, a través del Informe de Comisión.

BANCO NACIONAL DE PANAMÁ/ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Informe de Comisión

DGCP-DF-2023-289

La Entidad Licitante y los Comisionados deben estructurar un Informe de la Comisión Evaluadora en donde deben transcribir la forma de cumplimiento descrita en cada uno de los requisitos obligatorios del pliego de cargos electrónico.

MUNICIPIO DE PANAMÁ./ Licitación por Mejor Valor-procedimiento utilizado cuando se trata de un servicio u obra de alta complejidad cuyo monto supera la suma de quinientos mil balboas (B/.500,000.00).

Resolución

Publicación de Informe de Comisión Designación de Comisionados

DGCP-DF-2023-128

Cuando las Entidades Licitantes nombren a los Comisionados, deben publicar junto con el informe de Comisión la resolución de designación de los mismos.

Ministerio de la Presidencia / Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Procedimiento de Selección de Contratista Observaciones al Informe de Comisión

DGCP-DF-2023-227

En todo Procedimiento de Selección de Contratista en el que se emitan Informes de Evaluación Precontractual, ya sea por parte de Comisiones Evaluadoras o Verificadoras, todo proponente tiene la oportunidad de presentar observaciones ante la Entidad Licitante y esta la obligación de analizarlas y decidir si las acoge o no, siendo este el mecanismo consagrado en la Ley de Contrataciones Públicas para aclarar las discrepancias entre los participantes dentro de un Acto Público y la Entidad Licitante, con motivo de la emisión de un informe.

METRO DE PANAMÁ, S.A./ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Competencia Procedimiento de Selección de Contratista

Si bien la Dirección General de Contrataciones Públicas tiene competencia para fiscalizar los procedimientos de selección de contratista llevados a cabo por las entidades bajo el ámbito de aplicación del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, esta competencia no puede entenderse como ilimitada, toda vez que en el caso del funcionamiento de las comisiones verificadoras o evaluadoras en el desempeño de su función, gozan de independencia en cuanto a su criterio al momento de emitir los informes de comisión.

JUAN DIEGO VÁSQUEZ GUTIÉRREZ Diputado de la República/ Nota N°DGCP-DS-DJ-1755-2022 con fecha 15 de diciembre de 2022.

Competencia.

Dirección General de Contrataciones Públicas Competencia

DGCP-DF-2023-034

La competencia que la Ley de Contrataciones Públicas  atribuye a la Dirección General de Contrataciones Públicas para resolver Acciones de Reclamo, le permite modificar o anular un Informe de Comisión en caso que este se haya elaborado en contravención al Pliego de Cargos o la Ley de Contrataciones Públicas pudiendo ordenar un nuevo análisis total o parcial por parte de la misma Comisión o una nueva. Esta facultad resulta plenamente compatible con la función fiscalizadora que se realiza en relación al procedimiento llevado a cabo por la Entidad Licitante y la Comisión Verificadora.

Transporte Masivo de Panamá S.A. / Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Comisionados Informe de Comisión

DGCP-DF-2022-032

La no participación de uno de los Comisionados, constituye un hecho que se aleja del procedimiento que establece la Ley de Contrataciones Públicas, para la emisión del Informe de Comisión.

Mercado Nacional de Cadena de Frío/ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Acción de Reclamo Fianza de Acción de Reclamo

DGCP-DF-2021-049

Tratándose de un segundo Informe, previamente ordenado por la Dirección General de Contrataciones Públicas, no es exigible al reclamante la aportación de una fianza de Acción de Reclamo, en caso que este haya sido beneficiado con el primer informe de comisión.

Transporte Masivo de Panamá, S.A. / Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

 

Resolución