Aplicación Legal de la Norma

La Dirección General de Contrataciones Públicas, es del criterio que aquellos contratos perfeccionados durante la vigencia del Texto Único de la Ley No. 22 de 27 de junio de 2006, ordenado por la Ley No. 61 de 2017, vigente hasta el 7 de septiembre de 2020, se le deberán aplicar las normativas y disposiciones legales de la citada excerta legal.

Zona Libre de Colón/ Nota N° DGCP-DS-DJ-1336-2023 de fecha 25 de julio de 2023.

Aplicación Legal de la Norma

Obligación de Publicar Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas "PanamaCompra"

El artículo 265 del Decreto Ejecutivo 439 de 2020, debidamente modificado por el Decreto Ejecutivo 34 de 2022, se colige, que toda esta información relativa al acto público que corresponda, deberá ser publicada en tiempo oportuno en el sistema electrónico de contrataciones públicas “PanamaCompra”, de lo contrario se podrán aplicar las sanciones correspondientes establecidas en artículo 18 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020.

Instituto de Acueductos y Alcantarillados Nacionales/ Nota N° DGCP-DS-DJ-1310-2023 de fecha 20 de julio de 2023 / Acto Público N° 2021-2-66-0-07-CM-018312.

Obligación de Publicar

Aplicación de la Ley en el Tiempo

El artículo 75 de la Ley No. 153 de 8 de mayo de 2020 establece con meridiana claridad que, a los procedimientos de selección de contratista o a los contratos les serán aplicables las normativas y procedimientos en materia de contrataciones públicas que estaban vigentes al momento de la celebración y perfeccionamiento de los mismos.

Zona Libre de Colón/ Nota N° DGCP-DS-DJ-1336-2023 de fecha 25 de julio de 2023.

Aplicación Legal de la Norma

 

Formalización a través de Contrato Por exceso de Condiciones

El artículo 105 del Texto Único de la Ley No. 22 de 27 de junio de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, señala que la entidad contratante tiene la potestad de formalizar su relación contractual a través de un contrato cuando considere que existe un exceso de condiciones o especificaciones de carácter técnico.

Municipio de Bugaba/ Nota N°DGCP-DS-DJ-1258-2023 de fecha 13 de julio de 2023

Contrato

Presentación de Acciones Legales Gastos Legales

El Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, no contempla dentro de su articulado remuneración económica o compensación por gastos incurridos por la presentación de acciones legales, por parte de los proponentes, máxime cuando la misma ley previamente citada, le otorga los medios de impugnación correspondiente a los proponentes que se consideren afectados dentro de un proceso de selección de contratistas.

LINE-X- PANAMA CORP./ Nota N° DGCP-DS-062-2022 de fecha 12 de abril de 2022.

Remuneración económica 

Precio de Referencia Estudio de Mercado

El precio de referencia, no es más que establecer un análisis de información que recabe la entidad con respecto a los precios actuales del mercado, los precios históricos y las tendencias, las situaciones externas o internas del mercado que deberán arrojar un precio estimado de referencia, por lo cual la entidad debe buscar los mecanismos necesarios a fin de establecer un estudio de mercado.

Hospital Santo Tomás/ Nota N° DGCP-DJ-100-2022 de fecha 15 de junio de 2022.

Estudio de Mercado

Acuerdo Suplementario Ejecución y Extinción de las Fianzas

Del artículo 129 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, que regula la Contratación Pública, ordenado por la Ley 153 de 2020, se colige que en el evento de que la fiadora decida subrogarse, la entidad licitante y la fiadora deben suscribir un acuerdo suplementario de ejecución de fianza de cumplimiento, en el cual la fiadora debe designar a un tercero ejecutor, que debe ser aprobado por la entidad licitante. Este acuerdo suplementario de ejecución de fianza de cumplimiento debe contar con el refrendo de la Contraloría General de la República.

Municipio de San Miguelito/ Nota N°DGCP-DJ-193-2023 de fecha 19 de julio de 2023/ Acto Público N°2018-5-78-0-08-LV-003320.

Acuerdo Suplementario.

Cesión de Contrato Acuerdo Suplementario

Del artículo 96 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, que regula la Contratación Pública, ordenado por la Ley 153 de 2020, podemos señalar que para que se pueda ejercer una cesión de contrato la compañía aseguradora y la entidad previamente, deben celebrar el acuerdo suplementario de ejecución de fianza y una vez perfeccionado este acuerdo con el refrendo de la Contraloría General de la Republica.

Municipio de San Miguelito/ Nota N°DGCP-DJ-193-2023 de fecha 19 de julio de 2023/ Acto Público N°2018-5-78-0-08-LV-003320.

Cesión de Contrato. Acuerdo Suplementario.

Fianza de Propuesta

El numeral 23 del artículo 2 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 48 de 2011, explica que la fianza de propuesta es un requisito solicitado por las entidades licitantes durante el acto de selección de contratista, a fin de garantizar que se mantenga la oferta y se formalice el contrato por parte de los proponentes.

Consorcio CM Guararé/ Nota N°DGCP-DJ-194-2023 de fecha 19 de julio de 2023/ Acto Público N° 2017-0-12-0-07-LV-023183

Fianza de Propuesta 

Contratación Menor Municipios, Juntas Comunales y Consejos Provinciales y Comarcales

La Ley 349 de 14 de diciembre de 2022, que reforma la Ley 106 de 1973, sobre Régimen Municipal, y dicta otras disposiciones, respecto a las contrataciones menores en los municipios, juntas comunales y consejos provinciales y comarcales, establece en su artículo 17, que la entrada en vigencia fue a partir del 1 de enero de 2023 y además señala la precitada Ley en su artículo 16, que la misma modificaba el artículo 57 del Texto Único Ley 22 de 27 de junio de 2006 estableciendo en su parte final y ponemos textual que: “Las contrataciones menores que realicen los municipios se celebrarán conforme al procedimiento establecido en la Ley 106 de 1973.

Distrito de las Palmas/ Nota N°DGCP-DS-DJ-1382-2023 de fecha 31 de julio de 2023/ Acto Público N°2023-5-89-0-09-CM-000354.

Contratación Menor para Municipios, Juntas Comunales y Consejos Provinciales y Comarcales.