Entidad Licitante Obligaciones del Ente Contratante

DGCP-DF-2023-089

La Entidad Licitante debe procurar obtener el mayor beneficio para el Estado y el interés público, lo cual debe conciliar con los requerimientos de la entidad y las posibilidades de su cumplimiento por parte de los participantes dentro del acto público.

UNIVERSIDAD MARÍTIMA INTERNACIONAL DE PANAMÁ/ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Facultad de la Entidad Licitante Adjudicación

DGCP-DF-2023-065

Es facultad de la Entidad adjudicar el Acto Público así como adoptar cualquier otra actuación que sea conforme a la Ley de Contrataciones Públicas.

MUNICIPIO DE SAN FRANCISCO /Contratación Menor- procedimiento que se utiliza cuando el servicio u obra que no exceda la suma de cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Nueva Convocatoria Acto Público

La Dirección General de Contrataciones Públicas considera pertinente en primer lugar, señalar que el artículo 72 del Texto Único de la Ley No. 22 de 27 de junio de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, establece la posibilidad que la entidad convoque a un nuevo acto de selección de contratista cuando el que esté llevando a cabo sea declarado desierto.
Municipio de Atalaya/ Nota N° DGCP-DS-DJ-780-2021 de fecha 21 de junio de 2021/ Acto Público N° 2021-5-85-0-09-LP-000143.

Nueva Convocatoria Acto Público

La Dirección General de Contrataciones Públicas considera que las entidades, con base en la potestad legal conferida en los artículos 48 y 49 del Decreto Ejecutivo No.439 de 10 de septiembre de 2020 debe, previo a la convocatoria de un nuevo acto público, realizar todas las consultas al mercado que considere necesarias para establecer de primera mano un precio de referencia real, acorde al objeto de la contratación deseada que resulte atractivo y posteriormente a ello, realizar las modificaciones que considere necesarias en el pliego de cargos para obtener el mayor beneficio para el Estado.

Municipio de Atalaya/ Nota N° DGCP-DS-DJ-780-2021 de fecha 21 de junio de 2021/ Acto Público N° 2021-5-85-0-09-LP-000143.

Equilibrio económico del Contrato

El artículo 34 de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, durante la ejecución de los contratos públicos, prevé la posibilidad de que puedan suscitarse situaciones que pueden afectar el normal desarrollo de éstos, produciéndose un desequilibrio económico, el cual generalmente constituye afectaciones económicas para las partes, quienes adoptarán en el menor tiempo posible las medidas necesarias para restablecer la igualdad o equivalencia.

Palacios, Vásquez & Asociados/ Nota N°DGCP-DS-DJ-1575-2022 con fecha 22 de noviembre de 2022.

Equilibrio económico contractual.

Presentación de Propuestas Muestras Físicas

DGCP-DF-2023-194

Las entidades convocantes tienen la facultad de determinar el contenido del Pliego de Cargos de acuerdo a sus necesidades, pero que también debe considerar el tiempo que los interesados tienen para cumplir con los requisitos establecidos en el Pliego de Cargos.

Ministerio de Seguridad Pública  /Contratación Menor- procedimiento que se utiliza cuando el servicio u obra que no exceda la suma de  cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Acta de Apertura Presentación de Documentación

DGCP-DF-2023-205

En relación al contenido del Acta de Apertura de propuestas, pueden los servidores públicos presentes en el acto público, solo dejar constancia de la presentación o no de documentación exigida en el pliego de cargos, mas no verificar el cumplimiento o no de requisitos obligatorios.

AEROPUERTO INTERNACIONAL DE TOCUMEN, S.A/Contratación Menor- procedimiento que se utiliza cuando el servicio u obra que no exceda la suma de  cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Entidad Licitante Contenido del Pliego de Cargos

DGCP-DF-2023-077

Es facultad de la Entidad Licitante determinar el contenido del Pliego de Cargos en base a sus necesidades, por ser este el ente gestor del Acto Público y para lo cual posee autonomía al momento de confeccionar el Pliego de Cargos.

Municipio de San Francisco / Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

División de Materia

DGCP-DF-2023-033

Se presume que existe división de materia, cuando la Entidad Licitante, con el fin de que la cuantía no llegue a la precisa para la celebración del Acto Público o el procedimiento que corresponda, o para evadir las competencias, autorizaciones o aprobaciones en las contrataciones, suscriba contratos para un mismo bien, servicio u obra, en un término de tres meses en el mismo período fiscal, con el mismo u otro contratista.

MINISTERIO DE SALUD (HOSPITAL SAN MIGUEL ARCÁNGEL), /Contratación Menor- procedimiento que se utiliza cuando el servicio u obra que no excede la suma de cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Acto de Apertura de Propuesta

DGCP-DF-2023-072

Durante el acto público de apertura de propuestas, los servidores públicos presentes pueden dejar constancia únicamente de la presentación o no de la documentación exigida en el Pliego de Cargos, sin que les corresponda verificar el cumplimiento de los requisitos obligatorios establecidos en el mismo.

Municipio de Chitré /Contratación Menor- procedimiento que se utiliza cuando el servicio u obra que no excede la suma de  cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución