Principios de la Contratación Pública Actuaciones de la Entidad Licitante

DGCP-DF-2023-173

Las actuaciones de los servidores públicos y la Entidad Licitante, deben ajustarse estrictamente a las etapas que prescribe la normativa en materia de Contrataciones Públicas, a fin de dar cumplimiento a los principios que la rigen, como son el Principio de Transparencia, Debido Proceso, Economía y Responsabilidad de los Servidores Públicos.

UNIVERSIDAD DE PANAMÁ/Contratación Menor- procedimiento que se utiliza cuando el servicio u obra que no exceda la suma de  cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Pliego de Cargos Publicación de documentos por parte de la Entidad Licitante

DGCP-DF-2023-176

Debe la Entidad Licitante publicar todos los anexos y documentos que faciliten a los interesados, preparar sus propuestas y conocer a cabalidad el objeto de la contratación y sus alcances, tales como planos, diseños, fotos de referencia. 

MINISTERIO DE SALUD/ Licitación por Mejor Valor-procedimiento utilizado cuando se trata de un servicio u obra de alta complejidad cuyo monto supera la suma de quinientos mil balboas (B/.500,000.00).

Resolución

Acto de Reunión Previa y Homologación Principio de Transparencia y Debido Proceso

DGCP-DF-2023-177

Acto de Homologación” donde convergen frente a la Entidad Licitante quienes aspiran a participar en los procedimientos de selección de contratista, cuyo monto sea superior a los ciento setenta y cinco mil balboas (B/.175,000.00). Dicho esto, la Entidad Licitante no sólo se constituye en auspiciador de este evento, si no en el garante de absolver las consultas y observaciones de sus participantes, aplicando los Principios de Transparencia y Debido Proceso, ante los diversos matices que puedan incidir en la concurrencia justa y amplia de ofrecimientos que cumplan con las expectativas contractuales convocadas.

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS/ Licitación Pública – procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Principio de Responsabilidad e Inhabilidades de los Servidores Públicos

DGCP-DF-2023-183

Los que sean integrantes de comisiones de evaluación están obligados a actuar con estricto apego a la ley y a los criterios y metodologías contenidos en el pliego de cargos.

MINISTERIO DE SALUD/ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Principio de Igualdad de Oportunidad de los Proponentes

DGCP-DF-2023-113

Principio de igualdad de oportunidad de los proponentes. Este principio tiene por objeto garantizar la actuación imparcial de las entidades públicas dentro del Procedimiento de Selección de Contratista en todas sus etapas, que les permita a los proponentes hacer ofrecimientos de la misma índole y tener las mismas posibilidades de resultar adjudicatarios.

CAJA DEL SEGURO SOCIAL- DIRECCIÓN NACIONAL ASUNTOS ADMITIVOS. /Contratación Menor- procedimiento que se utiliza cuando el servicio u obra que no exceda la suma de cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Principios Generales de Contratación Pública Actuaciones de las Entidades Licitantes

DGCP-DF-2023-112

Las actuaciones de quienes intervengan en la contratación pública se desarrollarán con fundamento en los principios de transparencia, economía, responsabilidad, eficacia, publicidad, eficiencia, debidos proceso y de igualdad de los proponentes, de conformidad con los postulados que rigen la función administrativa. 

CAJA DEL SEGURO SOCIAL- DIRECCIÓN NACIONAL ASUNTOS ADMINISTRATIVOS./Contratación Menor- procedimiento que se utiliza cuando el servicio u obra que no exceda la suma de  cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Estructuración del Pliego de Cargos Principio de Economía

DGCP-DF-2023-101

El Principio de Economía aduce que se debe elaborar el Pliego de Cargos, asegurándose que su elaboración no se realice en forma inexacta, incompleta, ambigua o confusa.

MINISTERIO DE SALUD- INSTITUTO NACIONAL DE MEDICINA FÍSICA Y REHABILITACIÓN /Contratación Menor- procedimiento que se utiliza cuando el servicio u obra que no exceda la suma de  cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Principio de Igualdad de Oportunidad de los Proponentes Actuación Imparcial

DGCP-DF-2023-091

El Principio de igualdad de oportunidad de los proponentes, garantiza la actuación imparcial de las entidades públicas dentro del Procedimiento de Selección de Contratista en todas sus etapas, permitiendo a los proponentes hacer ofrecimientos de la misma índole y tener las mismas posibilidades de resultar adjudicatarios.

Ministerio de Seguridad Pública /Contratación Menor- procedimiento que se utiliza cuando el servicio u obra no exceda la suma de cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Principio de Igualdad de Oportunidades de los Proponentes

DGCP-DF-2023-084

La Ley de Contrataciones Públicas establece el principio de igualdad de oportunidades de los proponentes, lo que implica que todas las etapas del procedimiento de selección de contratista deben ser imparciales y permitir a todos los proponentes hacer ofertas de la misma índole y tener las mismas posibilidades de resultar adjudicatarios.

Ministerio de Seguridad Pública/Contratación Menor- procedimiento que se utiliza cuando el servicio u obra que no exceda la suma de  cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Principio de Igualdad de Oportunidades de los Proponentes

DGCP-DF-2023-082

El Principio de Igualdad de Oportunidades de los Proponentes es fundamental para garantizar la transparencia y objetividad en los procesos de contratación pública.

Ministerio de Seguridad Pública/Contratación Menor- procedimiento que se utiliza cuando el servicio u obra que no exceda la suma de  cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución