Licitación por Mejor Valor Cumplimiento de Requisitos

DGCP-DF-2023-096

Para el procedimiento de la Licitación por Mejor Valor, es de vital importancia que las propuestas cumplan con los requisitos mínimos obligatorios o términos de referencia definidos en el Pliego de Cargos y una vez comprobado el cumplimiento de dichos requisitos por parte de cada uno de los Proponentes, la Comisión Evaluadora pasará a evaluar los aspectos técnicos, económicos, administrativos y financieros ofertados por los Proponentes, resultando en la adjudicación a aquel que obtenga el mayor puntaje en la metodología de ponderación especificada en el Pliego de Cargos.

Municipio de Panamá / Licitación por Mejor Valor-procedimiento utilizado cuando se trata de un servicio u obra de alta complejidad cuyo monto supera la suma de quinientos mil balboas (B/.500,000.00).

Resolución

Consorcio o Asociación Accidental Cumplimiento de Requisitos Obligatorios

DGCP-DF-2023-104

En los casos en que los proponentes participen utilizando la figura jurídica de consorcio o asociación accidental, las empresas que lo conforman deberán aportar todos los requisitos obligatorios comunes establecidos en la plantilla electrónica del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas “PanamaCompra”; sin embargo, para el cumplimiento de los demás requisitos, cualquiera de las empresas que conforman el consorcio o asociación accidental podrá aportar estos documentos, sin que esto conlleve la descalificación del proponente.

Autoridad Aeronáutica Civil / Licitación por Mejor Valor-procedimiento utilizado cuando se trata de un servicio u obra de alta complejidad cuyo monto supera la suma de quinientos mil balboas (B/.500,000.00).

Resolución

Visita al Sitio

DGCP-DF-2023-107

La Dirección General de Contrataciones Públicas reconoce la importancia y trascendencia que tiene para los proponentes (futuros contratistas), asistir a la visita previa al sitio en que se desarrollará la obra objeto del Acto Público, toda vez que esto facilita la elaboración de las propuestas y permite conocer más ampliamente los alcances de la obra; sin embargo, no es obligación de la Entidad Licitante programar dicha visita, al no ser una fase o etapa obligatoria dentro del Proceso de Selección de Contratista.

Autoridad Aeronáutica Civil / Licitación por Mejor Valor-procedimiento utilizado cuando se trata de un servicio u obra de alta complejidad cuyo monto supera la suma de quinientos mil balboas (B/.500,000.00).

Resolución

Contrato Llave en Mano

DGCP-DF-2023-132

La obligación principal que asume el Estado en los contratos llave en mano es el pago del precio de la obra, previamente negociado con los proponentes y regulado en el pliego de cargos. En estos contratos el monto de la fianza de cumplimiento a consignar por el contratista podrá ser de hasta el 100 % del valor del contrato.

Instituto de Acueductos y Alcantarillados Nacionales / Licitación por Mejor Valor-procedimiento utilizado cuando se trata de un servicio u obra de alta complejidad cuyo monto supera la suma de quinientos mil balboas (B/.500,000.00).

Resolución

Acta de Apertura de Propuesta Devolución de la Fianza de Propuesta

DGCP-DF-2023-216

La normativa dispone que los proponentes vencidos o cuya propuesta haya sido rechazada, puedan solicitar la devolución de la fianza de propuesta, lo cual trae como consecuencia que renuncian a toda reclamación sobre la adjudicación de la licitación; sin embargo, ello no implica que los oferentes que no solicitan su devolución, mantienen la condición de proponentes ya que esta se desvanece frente al rechazo de propuesta que declara la entidad licitante en el acto público y frente al cual no se presentó acción de reclamo en el momento procesal oportuno, es decir, dentro del día hábil siguiente en que se declaró el rechazo de plano.

METRO DE PANAMÁ, S.A. / Licitación por Mejor Valor-procedimiento utilizado cuando se trata de un servicio u obra de alta complejidad cuyo monto supera la suma de quinientos mil balboas (B/.500,000.00).

Resolución

Declaración Jurada de Incapacidad Legal para Contratar

DGCP-DF-2023-220

La Declaración Jurada de Incapacidad Legal para Contratar está dirigida a garantizar que los proponentes, sean personas jurídicas o las personas naturales que las conformen como accionistas, dignatarios, directores o representantes legales, que participen en actos públicos de contratación, no se encuentran impedidos de participar en dichos actos, atendiendo a los supuestos que se establecen en las disposiciones contenidas en el Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020 que regula la contratación pública.

Caja del Seguro Social/ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Responsabilidad del Proponente Presentación de Propuestas

DGCP-DF-2023-228

Será responsabilidad de los proponentes que presenten sus propuestas por medio electrónico asegurarse que los archivos se encuentren libres de virus o cualquier otro elemento que pudiera afectar la apertura de la propuesta. De igual forma, serán responsables por la propuesta presentada, su fiabilidad e integridad, así como la compatibilidad de los programas en que haya sido almacenada para su debida presentación y verificación.

MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA/ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Declaración Jurada de Medidas de Retorsión

La declaración jurada de medidas de retorsión se encuentra recogida dentro de los requisitos mínimos obligatorios que deberán ser presentados por los proponentes, junto con el formulario de propuesta, para los procedimientos de selección de contratistas en los cuales deseen participar; no obstante, la vigencia de la misma deberá ser establecida por la entidad.

Caja de Seguro Social, Chiriquí/ Nota N°DGCP-DJ-120-2022 con fecha 12 de julio de 2022.

Declaración Jurada de Medidas de Retorsión.

Medios de Impugnación Gastos incurridos por Acciones Legales

El Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, no contempla dentro de su articulado remuneración económica o compensación por gastos incurridos por la presentación de acciones legales, por parte de los proponentes, máxime cuando la misma Ley previamente citada, le otorga los medios de impugnación correspondiente a los proponentes que se consideren afectados dentro de un proceso de selección de contratistas.

LINE-X- PANAMA CORP./ Nota N°DGCP-DS-062-2022 con fecha 12 de abril de 2022.

Medios de Impugnación.

Reunión Previa y Homologación

Los numerales 1 y 46 del artículo 2 y el artículo 51 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020 establecen que, la Reunión Previa y Homologación se realiza con el propósito de absolver consultas y de formular observaciones que puedan afectar la participación de los posibles postores en condiciones igualitarias, así como aclarar cualquier aspecto relacionado con el pliego de cargos u otros documentos entregados.

EJ Legal Group/ Nota N°DGCP-DJ-113-2023 de fecha 27 de abril de 2023.

Reunión Previa y Homologación.